Ley 16.744: Seguro Social contra Accidentes del Trabajo
Generalidades de la Ley 16.744
La Ley 16.744, promulgada en 1968, establecio en Chile el seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Este seguro cubre a todos los trabajadores dependientes (por cuenta ajena), trabajadores independientes que cotizan, estudiantes en practica profesional y trabajadores familiares no remunerados. Es un seguro de responsabilidad social financiado por cotizaciones del empleador, no del trabajador.
El seguro es administrado por organismos administradores que pueden ser: mutualidades de empleadores privadas (Asociacion Chilena de Seguridad - ACHS, Mutual de Seguridad CChC, Instituto de Seguridad del Trabajo - IST) o el Instituto de Seguridad Laboral (ISL, estatal, para empresas no adheridas a mutualidades). Las mutualidades son corporaciones sin fines de lucro que administran el seguro, entregan prestaciones medicas y economicas, y realizan actividades de prevencion.
La cotizacion basica es del 0.93% de las remuneraciones imponibles, pagada por el empleador. Ademas existe una cotizacion adicional diferenciada segun la actividad y riesgo de la empresa (0% a 3.4%), lo que totaliza un maximo de 4.33%. Las empresas con menor siniestralidad pueden obtener rebajas en la cotizacion adicional, creando un incentivo economico para la prevencion.
Contingencias cubiertas
La Ley 16.744 cubre tres tipos de contingencias laborales:
Accidente del trabajo
Toda lesion que sufra una persona a causa o con ocasion del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Incluye los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo durante la jornada laboral, asi como aquellos que ocurran en actividades gremiales o sindicales. Se excluyen los accidentes debidos a fuerza mayor extrana al trabajo y los producidos intencionalmente por la victima.
Accidente de trayecto
Es el accidente que ocurre en el trayecto directo entre la habitacion y el lugar de trabajo o viceversa. Tambien se consideran accidentes de trayecto los ocurridos entre dos lugares de trabajo distintos. Para su calificacion se requiere que el trayecto sea racional y no interrumpido por actividades personales ajenas al trabajo. La prueba del accidente de trayecto recae en el trabajador, quien debe acreditarlo mediante parte policial, certificado medico, testigos u otros medios.
Enfermedad profesional
Aquella causada de manera directa por el ejercicio de la profesion o el trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte. El listado de enfermedades profesionales esta en el DS 109. Si una enfermedad no esta en el listado pero se demuestra relacion causal directa con el trabajo, puede igualmente ser calificada como profesional.
Pearl EUNACOM:
El accidente de trayecto es cubierto por la Ley 16.744 y da derecho a las mismas prestaciones que un accidente del trabajo. La diferencia clave es que en el accidente de trayecto la carga de la prueba recae en el trabajador. El trayecto debe ser "directo, de ida o regreso" entre la habitacion y el lugar de trabajo.
Prestaciones de la Ley 16.744
Las prestaciones se dividen en medicas (en especie) y economicas (en dinero):
Prestaciones medicas
- Atencion medica, quirurgica y dental: Completa y gratuita, sin limite de tiempo hasta la curacion o estabilizacion
- Hospitalizacion: Si es necesaria, completamente cubierta
- Medicamentos y productos farmaceuticos: Los que sean necesarios para el tratamiento
- Protesis y aparatos ortopedicos: Incluidos los de rehabilitacion
- Rehabilitacion fisica y reeducacion profesional: Para reintegrar al trabajador a la vida laboral
- Gastos de traslado: Cuando sean necesarios para recibir atencion
Prestaciones economicas
| Tipo | Incapacidad de ganancia | Prestacion economica |
|---|---|---|
| Incapacidad temporal | Transitoria, con licencia medica | Subsidio del 100% de la remuneracion neta (no imponible) |
| Incapacidad permanente parcial | 15% a 40% | Indemnizacion global (pago unico de 1.5 a 15 sueldos base) |
| Invalidez parcial | 40% a 70% | Pension mensual del 35% del sueldo base |
| Invalidez total | 70% o mas | Pension mensual del 70% del sueldo base |
| Gran invalidez | Requiere ayuda de terceros | Pension del 100% del sueldo base + suplemento del 30% |
Pearl EUNACOM:
El subsidio por incapacidad temporal laboral es del 100% de la remuneracion neta (a diferencia del subsidio comun que es un porcentaje menor). Es no imponible. La licencia medica laboral tipo 5 o 6 es emitida por el medico tratante y autorizada por el organismo administrador (mutualidad o ISL), no por COMPIN ni ISAPRE.
Procedimiento DIAT y calificacion
La Denuncia Individual de Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional (DIAT) es el documento oficial que inicia el proceso de calificacion. Debe ser presentada ante el organismo administrador dentro de las primeras 24 horas de conocido el accidente o enfermedad. Puede ser presentada por el empleador, el trabajador, el medico tratante, el Comite Paritario de Higiene y Seguridad, o cualquier persona que haya tenido conocimiento del hecho.
El proceso de calificacion del origen laboral sigue estos pasos: (1) Recepcion de la DIAT por el organismo administrador, (2) Evaluacion medica del trabajador, (3) Investigacion del puesto de trabajo y condiciones de exposicion, (4) Dictamen de calificacion (laboral o comun) dentro de un plazo maximo. Si el trabajador no esta de acuerdo con la calificacion, puede apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
El Comite Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es obligatorio en toda empresa con mas de 25 trabajadores. Esta compuesto por 3 representantes del empleador y 3 de los trabajadores. Sus funciones incluyen investigar los accidentes, vigilar el cumplimiento de medidas de prevencion, capacitar a los trabajadores y proponer medidas correctivas. El Departamento de Prevencion de Riesgos es obligatorio en empresas de mas de 100 trabajadores.
Prevencion de riesgos laborales
La prevencion es un pilar fundamental de la Ley 16.744. Las obligaciones preventivas recaen tanto en el empleador como en los organismos administradores. Los instrumentos legales mas relevantes para la prevencion son:
- DS 594: Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales basicas en los lugares de trabajo. Establece limites permisibles para agentes fisicos, quimicos y biologicos (ruido, silice, plomo, etc.)
- DS 40: Reglamento sobre prevencion de riesgos profesionales. Establece la obligacion de informar los riesgos laborales (Derecho a Saber)
- DS 54: Reglamento de los Comites Paritarios de Higiene y Seguridad
- Ley 20.123: Regula la subcontratacion y la responsabilidad solidaria en materia de seguridad laboral
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Preguntas de practica: Ley 16.744
Segun la Ley 16.744, cual es la conducta correcta respecto a la atencion de este trabajador?